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Intento matar a la pareja de su ex

Carpintería: Piden 12 de años de cárcel para un acusado de tentativa de homicidio

El imputado es un hombre de 49 años y protagonizó un hecho violentísimo contra su expareja y la pareja de ella, al que le metió un tiro en la cabeza. La causa fue elevada a juicio. Las victimas producto del trauma abandonaron la provincia para poder vivir en paz.
miércoles 08 de noviembre de 2023
Carpintería: Piden 12 de años de cárcel para un acusado de tentativa de homicidio
El intruso primero atacó a la pareja de la mujer y le disparó en la cabeza con un revólver. El proyectil ingresó por la oreja y terminó impactando en la base del cuello, donde quedó alojado. Posteriormente, C.J.P. atacó a su ex.
El intruso primero atacó a la pareja de la mujer y le disparó en la cabeza con un revólver. El proyectil ingresó por la oreja y terminó impactando en la base del cuello, donde quedó alojado. Posteriormente, C.J.P. atacó a su ex.

El 4 de junio de 2022, una mujer y su pareja vivieron una madrugada de violencia y terror en Carpintería. Ambos estaban en el living de la casa y miraban televisión cuando ingresó a la vivienda por una ventana lateral el ex de la mujer, un hombre de 49 años identificado por la justicia como C.J.P. El intruso primero atacó a la pareja de la mujer y le disparó en la cabeza con un revólver. El proyectil ingresó por la oreja y terminó impactando en la base del cuello, donde quedó alojado. Posteriormente, C.J.P. atacó a su ex, golpeándola mientras le apuntaba con el arma, amenazando con matarla. Al creer que había asesinado al hombre, y ver el estado de su ex, huyó del lugar a bordo de la motocicleta del hijo de la mujer. Ella logró pedir ayuda, y ambos fueron trasladados al Hospital “Madre Catalina Rodríguez” de la Villa de Merlo.

En la audiencia de control de acusación desarrollada este lunes 6 de noviembre, la fiscal Débora Antonella Roy Gitto, acompañada por su par, la fiscal adjunta Lorena Ohanian, afirmó que C.J.P. accionó libre y voluntariamente el arma, con absoluto conocimiento de la posibilidad de que el resultado de su acción fuera la muerte de la víctima. “No existe otra manera lógica de evaluar su accionar, pues actuó conociendo las consecuencias, aceptando y consintiendo el posible resultado; sumado a la conducta posterior del acusado con la señora “C”, golpeándola en varias partes del cuerpo, vociferando que los iba a matar, para finalmente darse a la fuga sin asumir la responsabilidad de sus actos”, manifestó.

Es así como, al momento de calificar el hecho, la representante del Ministerio Fiscal consideró que las lesiones producidas a la mujer fueron agravadas por el contexto de género: “Cuando me refiero a la violencia de género, quiero determinar un tipo de violencia ejercida pura y exclusivamente debido a ser mujer, y en un contexto de dominio y desigualdad latente. Las lesiones no se ven agravadas, simplemente, porque un hombre lesionó a una mujer, sino que van mucho más allá, basándose en relaciones de poder asimétrico que existen entre los géneros”, remarcó.

Por otra parte, aclaró que, si bien el arma con la que se perpetró el delito no pudo ser encontrada, tal circunstancia no alteraba en nada aquello que se pudo conocer a través de otros medios de prueba, por ejemplo, los relatos de las propias víctimas y la constatación de las lesiones producidas a las mismas, sumado al proyectil que el damnificado tiene alojado aún en la base del cuello. Finalmente, informó que, debido al trauma sufrido, la mujer y su pareja decidieron abandonar la provincia.

Por todo lo expuesto, solicitó que la causa sea elevada a juicio y que, al momento de la sentencia, C.J.P. sea condenado a la pena de 12 años de prisión efectiva. Como atenuantes, consideró la ausencia de antecedentes penales computables y, como agravantes, las circunstancias de tiempo, modo y lugar que demostraron mayor peligrosidad, habida cuenta del horario nocturno de despliegue de la conducta y de la ocurrencia del hecho en el lugar donde residían las víctimas; como así también, la violencia e intimidación hacia ellas valiéndose de un arma de fuego.

En representación del acusado, intervino el Defensor Oficial en lo Penal, José Luis Guiñazú, y la Defensora Adjunta, Mirtha Moreno; quienes sostuvieron que la fiscalía no acreditó los extremos necesarios para imputar los hechos, como así tampoco, la calificación legal pretendida. Por tal motivo, solicitaron que se desestimara la acusación, por entender que la misma no reunía los requisitos mínimos exigidos por ley para derribar la presunción de inocencia de su defendido.

Analizadas las presentaciones de las partes, el Juez de Garantía N°1 de la Tercera Circunscripción Judicial, Matías Farinazzo Tempestini, resolvió la elevación a juicio de una causa por homicidio en grado de tentativa agravado por el uso de arma de fuego; portación ilegal de arma de fuego de uso civil; y lesiones leves agravadas por el contexto de violencia de género; en concurso real.

 

 

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