Ficha limpia

Presentan en Diputados el proyecto de Ficha Limpia para inhabilitar candidatos con condenas por corrupción

El proyecto de ley denominado Ficha Limpia, que impide que aquellos dirigentes con condenas por corrupción confirmadas en segunda instancia puedan postularse a cargos públicos, fue presentado hoy formalmente en la Cámara de Diputados para su tratamiento durante las sesiones extraordinarias.
martes 21 de enero de 2025
Cámara de Diputados de la Nación
Cámara de Diputados de la Nación

La iniciativa también prohíbe a los condenados por corrupción ocupar cargos en el Ejecutivo, como jefe de Gabinete, ministros, secretarios, subsecretarios, organismos descentralizados, empresas públicas y la Cancillería.

Este proyecto fue firmado por el presidente Javier Milei el pasado viernes, antes de su viaje a Estados Unidos para participar en la jura del mandatario Donald Trump. A diferencia de la propuesta impulsada por el PRO, la UCR y la Coalición Cívica, la versión oficial establece que la prohibición para ser candidato se aplicará solo a las condenas confirmadas en segunda instancia antes de la elección.

El oficialismo iniciará conversaciones con sus bloques aliados que apoyan la iniciativa, aunque se enfrenta al rechazo tanto del kirchnerismo como de la izquierda. Además, un sector mayoritario de Encuentro Federal respaldó el proyecto, mientras que un grupo de legisladores de Democracia para Siempre propuso extender la prohibición a quienes estén acusados de delitos como narcotráfico, violación y trata de personas.

Para su sanción, el proyecto necesita contar con una mayoría agravada de 129 votos en Diputados y 37 en el Senado. Ya existe un dictamen de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia sobre la iniciativa, aunque el oficialismo busca revisar el proyecto en comisión para evitar modificaciones en el recinto.

La propuesta establece que no podrán postularse quienes estén condenados por fraude en perjuicio de la administración pública, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas y enriquecimiento ilícito, entre otros delitos.

El texto aclara que la prohibición solo aplicará a quienes hayan sido condenados en segunda instancia antes del 31 de diciembre del año previo al proceso electoral. En el caso de sentencias dictadas a partir del 1 de enero del mismo año electoral, la medida se aplicará a los comicios de dos años después.

La Cámara Nacional Electoral será responsable de llevar un Registro Público de Ficha Limpia, en el cual se registrarán las sentencias de segunda instancia confirmatorias de estos delitos, sus eventuales revocaciones y los datos identificatorios de los individuos afectados.

Temas de esta nota
¿Que opinión tenés sobre esta nota?