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Grave hecho

Villa de Merlo: la fiscalía pidió 15 años de cárcel para una mujer trans acusada de presunta violación de un menor

El juez de Garantía admitió las pruebas y elevó la causa a juicio. La victima sufrió los ultrajes cuando tenía 11 años entre octubre de 2020 y febrero de 2021.
viernes 24 de noviembre de 2023
Villa de Merlo: la fiscalía pidió 15 años de cárcel para una mujer trans acusada de presunta violación de un menor
La Fiscal Débora Antonella Roy Gitto acusó formalmente a B.K.F. como presunta autora del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por ser cometido en contra de un menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente.
La Fiscal Débora Antonella Roy Gitto acusó formalmente a B.K.F. como presunta autora del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por ser cometido en contra de un menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente.

El jueves 23 de noviembre, en el Juzgado de Garantía N°1 de la Tercera Circunscripción Judicial, se llevó a cabo una audiencia de control de acusación en el marco de una causa por abuso sexual con acceso carnal agravado. La acusada es B.K.F., una mujer trans de 51 años, quien habría abusado de un niño de 11 años cuando se encontraba ejerciendo la guarda provisoria del mismo.

Los ultrajes se habrían perpetrado en el domicilio de B.K.F., ubicado en la Villa de Merlo, entre el 15 de octubre de 2020 y el 3 de febrero de 2021. La situación fue comunicada al Juzgado de Familia del Departamento Junín por las autoridades de la institución educativa a la que asistía el menor.

En septiembre de este año, se realizó la formulación de cargos, oportunidad en la que el Juez de Garantía, Matías Farinazzo Tempestini, le dictó una prohibición de acercamiento hacia la víctima por el término de 60 días, hasta tanto la fiscalía terminara de reunir la evidencia necesaria para la acusación.

ACUSACION

Este jueves, la Fiscal Débora Antonella Roy Gitto acusó formalmente a B.K.F. como presunta autora del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por ser cometido en contra de un menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente y por su carácter de guardadora.

Como atenuantes, consideró la ausencia de antecedentes penales computables y, como agravantes, las circunstancias de tiempo, modo y lugar, tratándose de hechos reiterados cometidos en su domicilio, aprovechando la situación de convivencia, la confianza y el afecto que el menor sentía hacia ella.

En efecto, solicitó que la causa sea elevada a juicio y que, al momento de dictar sentencia, la acusada sea condenada a la pena de 15 años de prisión, accesorias de ley y costas procesales.

Luego de señalar toda la evidencia obtenida para el debate oral, Roy Gitto peticionó al juez renovar la prohibición de acercamiento de B.K.F. hacia la víctima, sus padres, el domicilio de estos y la escuela a la que concurre el menor, por un plazo de 60 días. Finalmente, requirió que la encartada firme el libro de imputados una vez por semana ante la Fiscalía; y la prohibición de salir de la provincia hasta tanto se efectúe el juicio, a fin de evitar el entorpecimiento del proceso.

La representante de la Defensoría de Niñez y Adolescencia, Cecilia Macías, adhirió en un todo al requerimiento fiscal, solicitando que se respeten todas las garantías constitucionales en relación con el menor.

En contrapartida, el abogado defensor de B.K.F., Orlando Villegas, planteó la nulidad de la acusación, y se opuso a la elevación de la causa a juicio, detallando la prueba a producir durante debate oral para demostrar la inocencia de su defendida.

Luego de analizar las presentaciones de las partes, el Juez de Garantía Matías Farinazzo Tempestini tuvo por admitida la acusación fiscal, disponiendo la elevación de la causa a la Cámara de Apelaciones de la Tercera Circunscripción para la oportuna realización del juicio.

A su vez, dispuso hacer lugar a la prohibición de acercamiento en contra de la acusada por un término de seis meses y a una distancia no menor de 500 metros del domicilio de la víctima y sus padres, y del establecimiento escolar al que el niño asiste. Por último, le ordenó firmar el libro de imputados cada 15 días ante la Fiscalía, y la prohibición de salir de la provincia por un plazo de 180 días.

 

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