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Doble audiencia

Villa de Merlo: cese de prisión preventiva para el autor de un hurto a un taller

El imputado fue identificado en rueda de reconocimiento. Se le impuso una orden de restricción hacia el damnificado.
sábado 12 de marzo de 2022
Villa de Merlo: cese de prisión preventiva para el autor de un hurto a un taller
Rueda de reconocimiento por un caso de hurto en un taller de Villa de Merlo.
Rueda de reconocimiento por un caso de hurto en un taller de Villa de Merlo.

Este viernes, se llevaron a cabo dos audiencias en el marco de una causa por hurto calificado en la Villa de Merlo. La primera fue una audiencia de reconocimiento en rueda de personas, prevista en el artículo 160 del nuevo Código Procesal Penal de San Luis y la segunda se trató de una audiencia de cese de medida de coerción solicitada por la defensa del imputado

TALLER Y RECONOCIMIENTO

En esta causa se investiga un hurto calificado ocurrido el pasado 24 de febrero en un taller mecánico ubicado en el ingreso a Merlo, del cual se sustrajeron diversos elementos de valor. La persona que cometió el hecho fue vista al momento de irse del lugar por el reconociente (testigo) del día de hoy, indicó el Fiscal Leonardo Navarini a la Unidad de Prensa.

En ese sentido, el Fiscal explicó que, en la primera etapa de la audiencia de reconocimiento, se le pregunta al testigo si puede describir a la persona que vio en su momento, cómo estaba vestida, si la había visto antes y en dónde la había visto, “para asegurarnos que pueda hacer el reconocimiento”.

En la segunda etapa, se pone al imputado a la vista del testigo, junto con otras dos o más personas de condiciones exteriores semejantes, a fin de determinar si puede reconocerlo.

En el procedimiento llevado a cabo en el día de ayer en el Juzgado Multifuero de Santa Rosa, el imputado fue identificado a primera vista por el testigo.

Estuvieron presentes el Juez de Garantía N°2 de la Tercera Circunscripción,  Jorge Pinto; el Fiscal de Instrucción N°2,  Leonardo Navarini; y el Defensor Oficial, José Francisco Pérez.

EN LIBERTAD

Momentos después, se realizó la audiencia requerida por el Defensor Oficial para solicitar al Juez el cese de la privación de la libertad de su defendido, la cual tuvo su fundamento en la posible obstaculización en la producción de la prueba. “Como ya no restan pruebas que producir, esta defensa solicita que se cumpla con la regla, que es la libertad, y que se le otorgue la libertad a mi defendido, en virtud de que no hay ningún riesgo de que se obstaculice el desarrollo del proceso y la producción de prueba”sostuvo Pérez.

En consonancia, el Fiscal Navarini afirmó que las pruebas habían sido producidas en su totalidad, por lo que “no habría peligro de entorpecimiento para la causa”.

DOMICILIO Y PELIGRO DE FUGA

No obstante, solicitó que el imputado fije un domicilio dentro de la jurisdicción para evitar el peligro de fuga, como así también, firmar el libro de procesados en la Comisaría correspondiente a su domicilio del 1 al 10 de cada mes.

“Asimismo, para proteger a la víctima y no generar una situación más gravosa para el imputado, voy a solicitar una orden de restricción a favor del denunciante y en contra del denunciado, a fin de que no pueda acercarse a menos de 100 metros, como así tampoco comunicarse por cualquier vía, ni acercarse a su vivienda, su lugar de esparcimiento, trabajo o cualquier otro lugar en donde se encuentre el denunciante.

Esto es así, porque el principio que rige este procedimiento actual es la libertad, pero garantizando la seguridad de la víctima”manifestó el Fiscal.

Ante lo expuesto, el Juez Jorge Pinto hizo lugar a lo peticionado por las partes, disponiendo revocar la prisión preventiva y la inmediata libertad del imputado, requiriéndole en ese mismo acto fijar domicilio de residencia dentro de la jurisdicción.

A su vez, resolvió que deberá comparecer ante la Comisaría 42 de la Villa de Merlo para firmar el libro de procesados, del 1 al 10 de cada mes; y, en caso de tener que ausentarse de la jurisdicción por cualquier motivo, deberá dar aviso al Defensor y al Fiscal.

Finalmente, ordenó una restricción de acercamiento -inter dure el proceso- en favor del damnificado, por una distancia no menor a 100 metros; advirtiéndole al imputado que, en caso de incumplir tales medidas, se le podrá revocar el beneficio de la libertad.

fuente: periódico judicial

 

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