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Oportunidad

Lanzarán líneas de créditos para comprar terrenos, construir y refaccionar viviendas

A través de préstamos otorgados por el Banco Nación, el Gobierno provincial lanzará líneas de créditos para la adquisición de lotes, construcción y refacción de vivienda. La tasa de interés de los créditos será subsidiada por el Gobierno sanluiseño para ambas líneas crediticias.
lunes 03 de octubre de 2022
Lanzarán líneas de créditos para comprar terrenos, construir y refaccionar viviendas
Antes de fin de año, lanzarán líneas de créditos para comprar terrenos, construir y refaccionar viviendas.
Antes de fin de año, lanzarán líneas de créditos para comprar terrenos, construir y refaccionar viviendas.

El secretario de Vivienda, Juan Pablo Suárez, adelantó que el Gobierno lanzará en breve líneas de crédito para la construcción, refacción y terminación de viviendas como también para la adquisición de un lote, a través de préstamos otorgados por el Banco Nación.

“En estos días nos está faltando una pata chiquita del Banco Nación que es coordinar de quién va a ser el órgano de brindar los créditos y quién va a inscribir. En estos días va a estar”, comentó el titular de Vivienda.

Suárez aseguró que las líneas de créditos serán lanzadas antes de fin de año, pero hay probabilidad de que sea antes de noviembre.

Es importante mencionar que las personas interesadas en acceder a uno de los créditos podrán asesorarse en la Secretaría de Vivienda, y en caso de encontrarse en condiciones de solicitar el crédito, se los derivará al Banco Nación.

Prensa de la Secretaría de la Vivienda proporcionó una serie de importante de detalles sobre los créditos.

Los detalles sobre las líneas de crédito

Para la construcción de vivienda única y ocupación permanente, el monto máximo del crédito sería $5 millones, mientras que para la refacción o terminación de vivienda única sería de $2 millones. Para considerarse terminación se deberá contar con un grado de avance no inferior al 60% del total de la obra. Vale mencionar que la casa a construir, terminar a ampliar y el lote a comprar deben estar dentro de la provincia.

No se admitirá la construcción, ampliación, refacción o terminación de propiedades que se destinen total o parcialmente al uso comercial y/o profesional, como tampoco aquellas que contengan locales comerciales. Se encuentra incluida la conexión de servicios.

Un aspecto de suma importancia es que los créditos podrán ser hasta el 100% del presupuesto de obra sin exceder, el monto máximo definido para cada destino.

Además, se establece un plazo de gracia para la devolución de 12 meses para el caso de construcción, y de 6 meses para la ampliación y terminación de viviendas. El plazo de pago de los créditos es de hasta 120 meses.

El Gobierno provincial aplicará una bonificación del 100% de la tasa de interés durante el primer año para el caso de construcción y de 6 meses para ampliación, refacción o terminación.

Desembolsos del dinero

Serán de tres desembolsos para los créditos de construcción y dos desembolsos para ampliación, refacción o terminación. El primer desembolso no debe superar el 50% del presupuesto de obra.

El segundo (y tercer desembolso en caso de construcción), se realizará en función del avance de obra, habiéndose verificado que se ha utilizado como mínimo el 70% del desembolso anterior (incluye la compra de materiales debidamente respaldada), no pudiendo transcurrir más de seis meses entre desembolsos. Debiendo consolidarse la deuda al formalizarse el último de ellos.

En los casos de ampliación, refacción o terminación para préstamos de hasta $1 millón, no se requerirá la verificación presencial del porcentaje del grado de avance de obra para otorgar el segundo desembolso, en su reemplazo, el usuario deberá presentar las facturas definitivas que avalen la utilización del primero.

La cancelación anticipada total o parcial de los créditos puede hacerse en cualquier momento sin que el banco cobre comisión alguna por este concepto.

Requisitos

Los créditos estarán destinados a personas físicas en actividad laboral (en relación de dependencia o contratados y autónomos y monotributistas) jubiladas y/o pensionadas. Se admiten hasta dos usuarios, debiendo al menos uno de ellos ser propietario de la vivienda única y de ocupación permanente a ampliar, refaccionar y/o terminar.

La cuota calculada para mensual no deberá superar el 30% del ingreso neto calculado de las personas solicitantes o codeudoras. En caso que se incluyan codeudores, la afectación de los ingresos del solicitante titular debe representar como mínimo el 20% del total de la cuota.

Deberá verificarse que la persona solicitante no posea otra propiedad apta para la vivienda mediante la presentación del formulario de Índice de Titularidad emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente. Se admitirá que cada solicitante pueda ser propietario de hasta un 50% de una parte indivisa de un inmueble para vivienda siempre y cuando acredite que no reside en tal inmueble por circunstancias relacionadas a divorcio vincular o por aceptación de donaciones con usufructo gratuito de por vida sobre la propiedad, a favor de otra/s persona/s.

El ingreso neto mínimo se calcula a partir de una primera cuota estimada. Esta estimación representa el valor que tendría la primera de la operación si no tuviera gracia de capital ni bonificación de intereses.

Deberá verificarse, tanto para el usuario como para cada uno de sus codeudores, que luego de descontada la parte proporcional, de la cuota que le corresponde a cada uno, el ingreso remanente sea superior al salario mínimo, vital y móvil.

Se admitirán como máximo hasta 2 codeudores. El codeudor deberá presentar la documentación para la determinación de sus ingresos de igual forma que el usuario titular.

En forma adicional a la documentación habitual, el usuario deberá presentar:

Presupuesto y cronograma de obra, suscriptos por profesional con incumbencia en la materia (ingeniero – arquitecto – maestro mayor de obra, matriculados y/o registrados) según formularios provistos por el banco.

Sólo para el destino de construcción: certificado de no poseer y/o habitar una vivienda social construida y otorgada por la provincia de San Luis. Asimismo, se deberán presentar planos aprobados y/o visados, según corresponda, por la autoridad competente.

(Con información de San Luis 24 y La Gaceta Digital)

 

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