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Oportunidad

Ayuda extraordinaria para empleados privados: ¿cómo solicitarla?

Trabajadores en relación de dependencia en el sector privado podrán acceder al beneficio económico anunciado por el Gobierno provincial. Los detalles en la nota.
miércoles 13 de octubre de 2021
Ayuda extraordinaria para empleados privados: ¿cómo solicitarla?

¿Quiénes pueden solicitar el beneficio?

Quienes se encuentren trabajando en relación de dependencia en el sector privado, que posean al menos tres (3) meses de antigüedad, a la fecha, cuya actividad esté regulada por Convenio Colectivo de Trabajo, acuerdos y laudos, debidamente homologados por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación.

¿Quiénes deben presentar conformidad para solicitar el Beneficio?
* El Trabajador debidamente registrado.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar este beneficio?
*Recibir de bolsillo un sueldo mensual neto menor a 70 mil pesos.
* O el monto proporcional según horas trabajadas. o Jornada Completa equivale a 70 mil pesos. o Media Jornada equivale a 35 mil pesos. o Regla de tres para el resto.

¿De cuánto es el beneficio que voy a recibir?
* La diferencia entre lo que recibo de bolsillo en concepto de sueldo mensual neto y 70 mil pesos. Ejemplo: o Monto a completar $70.000 o Monto neto de recibo de sueldo $50.000 o Monto del Beneficio $20.000.
* O el monto proporcional según horas trabajadas.

¿Qué documentación debo presentar?
Empleado:
* Fotocopia del DNI donde conste domicilio en la provincia de San Luis.
* Fotocopia del último recibo de sueldo, firmado por empleador o la cantidad de los mismos que completen la mensualidad.
* Constancia CBU.

¿Dónde puedo inscribirme?
Mismos puntos de inscripción de microcréditos y demás beneficios vigentes.

¿Desde y Hasta cuándo me puedo inscribir para recibirlo?
Desde el 14/10/2021.

¿Por cuánto tiempo y cuándo se paga el beneficio?
El beneficio se pagará mientras no se alcancen los 70 mil pesos en concepto de sueldo mensual neto de bolsillo, o bien durante 6 meses, lo que suceda antes.
* El beneficio se pagará del 1 al 10 de cada mes. ¿Cuáles serán las formas de pago?
* Pago por transferencia en cuenta sueldo. ¿Qué pasa si tengo embargado parte de mi sueldo? Se suma dicho importe a lo recibido en concepto de sueldo neto de bolsillo mensual.

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