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Controversia

Un Juez Federal ordenó mantener las medidas de prevención en las rutas de San Luis y otro juez Federal falló en contra

El Juez Federal, Juan Esteban Maqueda, resolvió hacer lugar a la acción declarativa de certeza que interpuso el Gobierno de San Luis para sostener las medidas se ingreso y egreso de la provincia. Sin embargo, el Juez Federal de Rio Cuarto falló al revés.
miércoles 01 de julio de 2020
Disputa judicial
Dos fallos de jueces federales se contraponen sobre el ingreso a San Luis.
Dos fallos de jueces federales se contraponen sobre el ingreso a San Luis.

El Juez Federal, Juan Esteban Maqueda, resolvió hacer lugar a la acción declarativa de certeza que interpuso el Gobierno de San Luis para que se respeten todas las medidas sanitarias y protocolos de ingreso, egreso y circulación en la provincia.

La Justicia Federal de San Luis afirma “que las medidas implementadas en la provincia de San Luis de manera temprana han sido fundamentales para contener los brotes, logrando un estatus epidemiológico sin transmisión comunitaria, y que teniendo en cuenta la dinámica de la transmisión del virus, las mismas resultan temporarias, en cuanto son contestes y proporcionadas con relación a la amenaza y al riesgo sanitario que enfrenta cada jurisdicción, pudiendo ser dejadas sin efecto, si se detectare una situación de riesgo epidemiológico o sanitario”.

En otra parte del dictamen destaca que “el Estado provincial tiene el deber de establecer su accionar frente a la pandemia de COVID-19 teniendo en cuenta dos conceptos fundamentales: por un lado, que el derecho a la vida constituye un primer derecho natural de la persona, preexistente a toda legislación positiva; a lo que deben sumarse los deberes del Estado provincial: combatir las pandemias y garantizar el derecho a la salud en los términos del art. 57 de la Constitución Provincial que transcribe”.

EN RIO CUARTO OTRO FALLO DISTINTO

Al mismo tiempo que se conocía el fallo de la Justicia Federal con asiento en San Luis, el juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, resolvió hacer lugar a la medida cautelar interpuesta por los abogados Antonio María Hernández y Javier Quiroga, quienes en representación de un grupo de ruralistas y transportistas presentaron un amparo para exigir el desbloqueo en las rutas de acceso a San Luis, donde se desempeñan laboralmente.

"HAGASE LUGAR A LA MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA peticionada ordenando al señor Gobernador de la Provincia de San Luis, que arbitre los medios pertinentes para proceder a la apertura y circulación de la Ruta Nacional Nro. 8, Ruta Provincial Nro. 30 y los respectivos caminos vecinales, que se dan en el límite entre la Provincia de Córdoba y San Luis, siempre y cuando las personas que pretendan transponer dicho límite provincial, posean el CERTIFICADO UNICO HABILITANTE para circulación-COVID 19 de conformidad a lo dispuesto en el art. 5 y 25 del Decreto Nº 576/20 (sic)", señala la resolución.

Y agrega: "Ante la ausencia de caso sospechoso o confirmado, deberá abstenerse la autoridad local de restringir el ingreso, permanencia y egreso de los ciudadanos –de los departamentos en los que el suscripto posee jurisdicción y que provengan de las denominadas zonas “blancas”- que acrediten condición para circular en el marco de la norma nacional vigente y en tanto demuestren puntos de conexión con la vecina localidad referidos a propiedades, razones laborales, relaciones familiares, y/o actividades exceptuadas que requieran de su circulación hacia la vecina Provincia de San Luis". (ANSL – PUNTAL)

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