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Sentencia

Renuncia anticipada de jueces: condenaron a 5 años de prisión a Freixes y a Zavala

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Luis condenó a los ex funcionarios del Ministerio de la Legalidad, Sergio Freixes y Mario Zavala, a 5 años de prisión y a 10 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
viernes 02 de noviembre de 2018
Condenados
Freixes y Zabala apelarán el fallo de cinco años de prisión dictado por la justicia federal.
Freixes y Zabala apelarán el fallo de cinco años de prisión dictado por la justicia federal.

Los camaristas Alejandro Waldo Piña, María Paula Marisi y Roberto Julio Naciff emitieron veredicto este jueves por la noche, luego de escuchar durante toda la jornada los alegatos de las partes intervinientes. El fallo fue emitido por mayoría y los fundamentos se conocerán el miércoles 7 de noviembre a las 13.30. Los condenados no irán a la cárcel hasta que la sentencia quede firme.

Los hechos por los que emitió la condena ocurrieron en 2005. En ese momento, durante la primera gobernación de Alberto Rodríguez Saá, Freixes era ministro de la Legalidad y Zavala su vice ministro.

De acuerdo con la acusación de la entonces camarista Marina Ziliotto, los funcionarios la presionaron para que iniciara una campaña de desprestigio contra dos de sus colegas. Como se negó, le ejecutaron la renuncia que le habían hecho firmar en blanco antes de asumir en ese cargo.

La denuncia de Ziliotto, motorizada por la entonces agente fiscal de la segunda circunscripción judicial Gretel Diamante (hoy camarista federal), dejó al descubierto que otros 10 jueces habían firmado su dimisión en blanco y sin fecha, antes de asumir en el Poder Judicial. Freixes y Zavala fueron absueltos de esos casos porque la justicia consideró que los magistrados habían actuado por propia voluntad.

Pero la presentación de la ex camarista siguió su curso, hasta el juicio que se desarrolló 13 años después: comenzó el pasado 22 de octubre y terminó este jueves 1 de noviembre.

En la sentencia, Freixes y Zavala fueron encontrados culpables de los delitos previstos los artículos 149 bis (“amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas”) y 149 ter (“si las amenazas tuvieren como propósito la obtención de alguna medida o concesión por parte de cualquier miembro de los poderes públicos”) del Código Penal de la Nación. (sanluis24.com.ar)

 

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