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Publicaron las 12 preguntas que habrá que responder para mantener los subsidios de gas

<p>Están en una declaración jurada que las empresas prestadoras del servicio deberán entregar a los usuarios. Un asistente social evaluará en cada caso si el consumidor seguirá percibiendo la subvención o no.<br /> <br /></p></p>
jueves 01 de diciembre de 2011
Publicaron las 12 preguntas que habrá que responder para mantener los subsidios de gas

El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) dio a conocer hoy una resolución que detalla los requisitos que un usuario debe cumplir para seguir percibiendo los subsidios nacionales que se aplican a los servicios públicos y que el Ejecutivo decidió eliminar progresivamente. 
El cuestionario es en realidad una tabla con doce ítems y el usuario debe marcar con una X aquellos que describan su situación. 
El texto de la declaración jurada es el siguiente:

"Estimado Usuario, ¿USTED CONSIDERA QUE NECESITA SER SUBSIDIADO? En el marco de la nueva política de subsidios implementada por el Estado Nacional, es necesario que informe si usted considera que debe continuar recibiendo el subsidio aplicado a su servicio básico.
Es importante destacar que se mantendrán vigentes las políticas de exención que están siendo aplicadas desde el 2008, detalladas a continuación, por lo que Ud. deberá indicar con una X el casillero que corresponda:

1.- Usted acredita una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio.

2.- Usted percibe como único ingreso previsional una jubilación y/o pensión equivalente a un haber mínimo.

3.- Usted percibe Pensiones No Contributivas.

4.- Usted es beneficiario de algún Plan o Programa Social (Asignación Universal por Hijo, Subsidios Por Desempleo, Plan Familias, etc.).

5.- Usted tiene el domicilio afectado por actividades de índole social (Institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etc.).

6. Usted percibe alguna asignación familiar.12.- En su vivienda conviven múltiples hogares.

7.- Usted cuenta con certificado de discapacidad.

8.- Usted posee ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena.

9.- Usted se encuentra exento del pago de ABL.

10.- Su vivienda posee características edilicias desfavorables que impliquen la utilización de un mayor consumo de otro servicio*.

11.- Su vivienda posee un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeños comercios, talleres de oficio, etc.).

*vivienda precaria con familia numerosa, vivienda precaria carente de alguno de los servicios (gas o agua), etc.

Aquellos titulares que se encuadren bajo alguna/as de estas condiciones continuarán percibiendo el subsidio del Estado Nacional realizando el trámite correspondiente en cada una de sus distribuidoras.

Es importante recordarle que la política pública de quita de subsidios tiene como fundamentos la equidad y la inclusión social. Los fondos que no se utilicen para aplicar subsidios serán destinados a obras para todos aquellos que aún no han podido acceder a los servicios básicos de luz, gas y agua.

Usted tiene 30 días a partir de la fecha de recepción de la presente para responder esta carta. Un asistente social se acercará a su domicilio a fin de verificar la información e iniciar el trámite de exención. En caso de no recibir respuesta se procederá a la quita del subsidio que se aplica actualmente sobre su factura.

La presente declaración reviste carácter de declaración jurada, y la misma será cerciorada con las bases de datos contributivas de su grupo familiar.

Ante cualquier duda puede comunicarse al 0800-888-8765.
Fuente: Télam.

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