Ordenanza Nº VI-0523-HCD-2012
Fin de año sin pirotecnia: Villa de Merlo refuerza el llamado a la reflexión y a la responsabilidad social
La Municipalidad de la Villa de Merlo informa a vecinos y vecinas que se encuentra plenamente vigente la Ordenanza Nº VI-0523-HCD-2012, la cual prohíbe en todo el ejido municipal la fabricación, tenencia, guarda, acopio, depósito, venta, comercialización y uso particular de elementos de pirotecnia y cohetería, incluyendo aquellos con contenido de pólvora, bengalas, fuegos artificiales y globos aerostáticos luminosos.
Esta normativa, enmarcada en la Ley Nacional Nº 20.429 de Pólvoras, Explosivos y Afines y en la Disposición Nº 1442/82 de la Dirección General de Fabricaciones Militares, fue sancionada con el objetivo de proteger la salud de la población, prevenir accidentes, evitar incendios y resguardar el ambiente y la fauna, tanto silvestre como de compañía.
La pirotecnia no es un juego ni una tradición inocente. Su uso genera lesiones de distinta gravedad, contaminación sonora, alteración del comportamiento animal, incendios forestales y situaciones que terminan siendo atendidas en los servicios de salud. El impacto del ruido afecta de manera directa a personas con autismo, bebés, adultos mayores, personas enfermas y animales, causando estrés, pánico y sufrimiento.