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Cámara de Diputados

Al igual que en Villa de Merlo, San Luis avanza en el Proyecto de Ley “Pirotecnia Cero”

El miércoles la Cámara de Diputados de San Luis dio media sanción al proyecto de Ley de Pirotecnia Cero. La norma prohíbe la utilización de pirotecnia y cohetería sonora en toda la provincia, aunque permite los fuegos artificiales lumínicos.
jueves 31 de octubre de 2019
Al igual que en Villa de Merlo, San Luis avanza en el Proyecto de Ley “Pirotecnia Cero”

En diciembre de 2012 se aprobó por unanimidad en el Concejo Deliberante de la Villa de Merlo la ordenanza que prohibe el uso de pirotecnia en toda la ciudad. El proyecto del que Merlo fue pionero, se replicaría en toda la provincia de San Luis.

“Las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) y Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD), los ancianos, los bebés y también las mascotas son los principales afectados por la pirotecnia, debido a su hipersensibilidad sonora”, señaló el diputado Juan Manuel Rigau, integrante del bloque San Luis Unido.

“Entendimos que este proyecto tiene un fin educativo y que busca generar empatía. Hay cuestiones que indudablemente afectan al otro y la sociedad nos hizo ver que la pirotecnia afecta de verdad”, destacó el legislador.

La norma, aprobada por unanimidad (27 diputados presentes), establece “prohibir en todo el territorio de la provincia de San Luis la fabricación para uso particular, utilización, comercialización, tenencia, acopio, exhibición, y expendio al público de pirotecnia y cohetería sonora, sean estos de venta libre o no y/o de fabricación autorizada. Quedan exceptuados de la prohibición los fuegos artificiales de tipo únicamente lumínicos”.

La autoridad de aplicación de la Ley será el Ministerio de Seguridad y se establecen sanciones de “250 a 500 unidades de multa o arresto de tres a seis días” por la “utilización, tenencia, acopio, exhibición, fabricación para uso particular y expendio al público de artificios de pirotecnia y cohetería sonora, sean estos de venta libre o no y/o de fabricación autorizada”.

En el caso de establecimientos comerciales, se aplicará la misma sanción, más la clausura del local de quince (15) a treinta (30) días, en caso de reincidencia. En todos los casos se decomisará la mercadería ilegal y se procederá a su destrucción de manera segura.

Además, la autoridad de aplicación deberá realizar campañas de difusión y concientización sobre las prohibiciones fijadas por la Ley.

Luzy Villarroel, integrante de Proteccionistas Unidos de San Luis y de la Asociación Canábica Esperanza de Vida (ACEV), remarcó que las agrupaciones lograron juntar casi 23 mil firmas para darle fortaleza al proyecto, aunque la iniciativa no salió como ellos esperaban: solicitaban que la prohibición alcance también a los fuegos artificiales lumínicos, que no esté prohibida la fabricación de pirotecnia (para no perjudicar fuentes de trabajo) y que no se deje "un vacío legal" en el primer artículo que establecía que su prohibición alcanzaba solo a los particulares, sino que también abarque a empresas y a los gobiernos (provincial y municipales).

Redacción /  San Luis24

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