viernes 26 de abril de 2024    | Nubes 16.1ºc | Merlo, San Luis

Violencia de Género

Un delito inusual: un hombre detenido por “reducción a la servidumbre” en Traslasierra

Un fiscal aplicó esa imputación, que no reconoce antecedentes en Córdoba en las últimas décadas. La mujer víctima cuenta su historia de años de degradación.
lunes 03 de septiembre de 2018
Detención
El fiscal Sergio Cuello, de los tribunales de Villa Dolores, investiga el caso.
El fiscal Sergio Cuello, de los tribunales de Villa Dolores, investiga el caso.

Parece que ella, al fin, tuviera paz. Luego de un padecimiento de años, habla sobre su propio infierno. Quizá porque ha dejado de arder ahora, con su opresor preso. Entre otros delitos, el hombre está imputado por “reducción a la servidumbre”, una acusación extraordinaria y casi impensada para estos tiempos. Tanto que una imputación con ese delito, que remite a siglos pasados, sería la única actual en su tipo en Córdoba y tal vez hasta en el país.

Daniela –no es su nombre real– acepta dialogar con la condición de que se proteja su identidad y la de sus hijos adolescentes. Vive en un pueblo del Valle de Traslasierra.

En una cotidianidad de espanto, su concubino la sometía a tormentos físicos y psicológicos, que ella fue naturalizando durante más de 20 años de convivencia. Él la golpeaba, la insultaba, y hasta le exigía en invierno dormir fuera de la casa. Incluso, también convivir y cocinar para su otra mujer con sus respectivos hijos, de una familia “paralela” que había formado.

El acusado se apoderaba además de lo que ella ganaba en sus trabajos de cosechas rurales, haciendo que después tuviera que pedirle para alimentar o vestir a sus hijos. Él se quedaba también con una pensión por invalidez de Daniela (por una discapacidad física) y con las asignaciones de sus hijos.

“A veces él me mojaba y me obligaba a dormir afuera, o no me dejaba acostar, me obligaba a dormir sentada en una silla, y si me movía me pegaba”, cuenta ella sobre los años de torturas. Cuesta creer que esta mujer, educada y atenta, haya aceptado una vida aciaga.

Daniela mira lejos con sus ojos claros, hace un silencio largo, y dice: “No sé, estaba muy sola y tenía miedo”, cuando la pregunta indaga sobre por qué no lo denunció.

Soledad

La soledad de Daniela comenzó cuando creyó que ya no estaba sola, porque había conocido a su pareja. Oriunda de la ciudad de Córdoba, había crecido con sus padres y era asidua concurrente de una capilla católica barrial. Fue en Córdoba donde conoció a su compañero, y al poco tiempo quedó embarazada. Él le aseguró que en Traslasierra “tenía una casa” que podían compartir. Y aceptó la mudanza.

La casa era alquilada. Unos meses después los desalojaron por falta de pago e iniciaron un periplo de marginalidad. “En 15 años vivimos en 11 lugares distintos, siempre nos corrían porque él no pagaba, o el lugar era prestado”, cuenta Daniela en tono monocorde.

En la iglesia del pueblo, ella hizo algunos amigos. Él tomó la precaución de alejarlos pronto. Lo mismo hizo con cualquier persona que se acercara a Daniela. Ella no podía salir ni ser visitada.

Él hacía trabajos de albañilería y mantenimiento; casi siempre irregulares. En los últimos tiempos, consiguió un terreno y construyó una casa para la familia que tenía con Daniela. “Él es bueno como albañil, cuando quiere hace las cosas bien”, dijo ella en la única frase que se pareció a un reconocimiento.

Cuando se le pregunta por la coexistencia con una familia paralela, Daniela apunta: “No importaba nada lo que yo opinaba, lo único que tenía que hacer era obedecerle y callarme. Si no, ‘cobraba’. Él siempre decía que la mujer y el perro eran para quedarse en la casa y el hombre para trabajar y tener otras mujeres”.

Horror cotidiano

El hombre tiene 42 años. La acusación que lo incrimina registra 33 hechos entre 1996 y la actualidad. Son los que Daniela pudo recordar en mayo pasado, cuando, condicionada por otras circunstancias, recién se animó a denunciar las dos décadas de padecimientos sufridos.

Entre los delitos figuran lesiones leves reiteradas, amenazas, coacción calificada, desobediencia a la autoridad, agresión calificada y la increíble “reducción a la servidumbre”.

Según la acusación, el agresor golpeaba casi a diario a Daniela, pero no dejaba marcas que evidenciaran agresiones. Otros ataques eran más graves y plenos de perversión: no permitirle que hablara o durmiera, golpearle el mismo muslo repetidas veces para dejarla renga, amenazarla con quitarle los hijos, obligarla a desnudarse y dejarla afuera de la casa. En ocasiones, las amenazas eran a mano armada, usando un revólver.

Más imperceptible, era el dominio que el hombre ejercía sobre ella, una supremacía que incluía la humillación permanente y un pánico que la inmovilizaba y enajenaba. Que ella rompiera un vaso, planchara mal una camisa o le pusiera poca sal a la comida podía convertirse en motivo de una golpiza. Una violencia similar era ejercida también con los hijos.

La denuncia

Fue el hijo de la pareja quien finalmente, en mayo pasado, harto de todo, desencadenó una situación que llevó a la denuncia judicial.

El chico le había pedido dinero a su madre para ir a una fiesta. Con miedo, Daniela le había prestado 500 pesos porque no tenía un billete menor, rogándole que gastara lo menos posible. La noche del 25 de mayo, el muchacho no volvió a su casa. Al amanecer se hizo la denuncia pidiendo su paradero. Se supo que estaba en lo de una amiga, en un pueblo cercano.

Cuando la Policía lo traía, con pánico a la reprimenda de su padre, contó lo que vivía. Fue entonces cuando miembros de la fuerza le propusieron a Daniela realizar la denuncia.

Una figura penal que alude a la despersonalización

El fiscal Sergio Cuello, de los tribunales de Villa Dolores, es quien investiga el caso y aplicó la imputación por “reducción a la servidumbre”, ajustado al vigente artículo 140 del Código Penal. “Servidumbre significa la sujeción de una persona bajo la autoridad de otra, mediando violencia física o moral. Significa la pérdida del libre albedrío en un proceso gradual de despersonalización que implica la captación de la voluntad; en otras palabras, es la colocación de una persona bajo el dominio y propiedad de otra, en una situación de objeto, hay una clara cosificación de la persona sometida”, responde Cuello.

“En este caso, la violencia utilizada es de género, en casi todas sus modalidades, predominando el dominio psíquico del autor”, precisa el fiscal.

El delito implica una pena de entre cuatro y 15 años de prisión. En la acusación, Cuello concluye que Daniela “fue reducida a la condición de cosa y sierva”, por parte del detenido, a lo largo de 20 años, situación que “no implicó necesariamente y en todos los casos la privación física de la libertad de la víctima, afectando no obstante ello su dignidad y libertad individual”. (Fuente: La Voz)

Más noticias
Últimas noticias