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Nuevo Código Civil

¿Qué es el Divorcio Express?

A partir del 1º de agosto será más fácil separarse gracias a una de las tantas modificaciones que se introducen en el nuevo Código Civil. En esta nota compartimos todos los detalles que tenes que saber.
martes 07 de julio de 2015
¿Qué es el Divorcio Express?

Se trata de un divorcio incausado. “Esto significa que ya no se van a tener en cuenta las causales que regían en la Ley anterior”, explicó a Infomerlo la abogada Gimena Ramírez Couto (Mat 1506). “Causales objetivas que se refieren a la separación por más de tres años o subjetivas que se refieren al grado de culpabilidad de alguno de los cónyuges: adulterio, abandono malicioso y voluntario y esas cuestiones”, agregó. De esa forma se dejan de lado las discusiones.

En la modificación lo que sí se pide y deberá ser presentado por la parte que pida el divorcio, es una propuesta sobre atribución del hogar conyugal, si hay menores: régimen de visita, tenencia, alimentos. “El otro cónyuge que es el que no pide el divorcio, puede hacer una contrapropuesta a partir de esto. El juez va a sacar el divorcio favorablemente y después podrá discutir sobre el convenio”, indicó la profesional.

El nombre de Divorcio Express fue adoptado por la prensa, en realidad no se trata de algo que se pueda hacer con gran inmediatez pero sí es real que el hecho de modificar las causales acelerará el proceso. También ayudará a que no se generen mayores roces entre la pareja. “Antes a nivel procedimiento nosotros presentábamos las demandas, el juez citaba a una audiencia en el caso de que fuera un divorcio por presentación conjunta y después volvía a citar por una segunda audiencia. De la segunda generalmente prescindían por un escrito. Pero ya en el juzgado de Concarán había algunos casos en los que se prescindía de ambas audiencias”, expresó la doctora Ramírez Couto. “Va a ser un poco más expeditiva este tipo de acción”, consideró.

Otra de las características del nuevo Código Civil para los divorcios es que tiende a proteger a la parte jurídica más débil. “En este caso en particular el cónyuge que no pidió el divorcio puede obtener una compensación económica porque pudo haber sufrido alguna situación que empeore su actualidad económica, entonces el juez va a morigerar eso considerando estado de salud, la contribución a la crianza de los hijos, la capacidad de reinserción laboral. Va a tener en cuenta ciertos parámetros para ordenar esa compensación económica que puede consistir en una renta periódica que puede ser por un plazo determinado o excepcionalmente por un plazo indeterminado”, cerró.     

 

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