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Nueva ordenanza

Reglamentarán habilitación de establecimientos de atención para la salud

El proyecto de ordenanza que había sido presentado por el concejal Mariano Stinga del partido socialista, se aprobó por unanimidad.
jueves 28 de mayo de 2015
Reglamentarán habilitación de establecimientos de atención para la salud

La ordenanza se presentó teniendo en cuenta que en Merlo cada vez hay más profesionales esporádicos y que “se han incrementado los centros privados de asistencia para la salud”. Clínicas atención médica y Odontológica, Consultorios médicos externos, Centros de estética, etc.

La ordenanza que fue aprobada por unanimidad de los concejales indica que los locales destinados a la atención de la salud al momento de requerir su habilitación, tendrán que cumplir algunos puntos. El profesional interesado o el director médico del establecimiento deberá hacerse presente en el Municipio. Tendrá que presentar “original y fotocopia certificada de la Matrícula Profesional otorgada por el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis y o matricula profesional de la totalidad del plantel profesional que desarrolle la actividad, en él local  destinado a la consulta”.

También tendrá que “presentar  la documentación correspondiente a la habilitación edilicia otorgada por el Programa de Infraestructura Hospitalaria y Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, o en su defecto, la constancia de inicio de dicho trámite”.

La ordenanza promueve la creación de un Registro de establecimientos de servicios de atención de salud habilitados  por el Departamento Ejecutivo Municipal. “Los establecimientos habilitados deberán informar toda modificación, sean bajas o altas, del plantel profesional actuante, dentro de las 72 Hs de producida la novedad. En caso de incorporaciones, el interesado deberá presentar fotocopia certificada, de la Matrícula Profesional Provincial o nacional”, expresa la ordenanza.

Se establece un plazo de 120 días corridos luego de que esté sancionada la ordenanza para regularizarse. De no cumplimentar tendrán que abonar cuotas de 200 unidades de valor, cancelación de las habilitaciones comerciales  y clausura de sus locales.-

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