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Se aprobó la ordenanza para prevenir el dengue en Villa de Merlo

<p class="MsoNormal"><span lang="ES-TRAD">Se trata de un proyecto de la concejala de la UCR, Gabriela Mancilla, que estuvo durante dos años en comisión y que cuenta con la colaboración y el apoyo del encargado del área de salud del municipio. El Ejecutivo Municipal tendrá varios derechos para hacer cumplir la ordenanza. </span></p>
sábado 27 de septiembre de 2014
Se aprobó la ordenanza para prevenir el dengue en Villa de Merlo

El objetivo de la ordenanza es resguardar y proteger la vida humana “en relación a los riesgos vinculados  con la propagación de enfermedades contagiosas y otras que puedan prevenirse y atenuarse  aplicando normas de higiene pública”. Establece los cuidados para evitar el agua estancada que podría ser “caldo de cultivo de insectos transmisores de enfermedades, como el Aedes Aegypti, transmisor del Dengue”.

Entre otros puntos prohíbe en el cementerio la colocación de agua en floreros, para evitar que se convierta en agua estancada y propone que sea reemplazada por arena húmeda. En cuanto a las piscinas y piletas de lona establece que deberán mantenerse limpias, aplicando larvicidas, además del cloro. La ordenanza también prohíbe “expendios de botellas vacías retornables y no retornables de forma que los mismos permitan en forma directa o indirecta la acumulación de agua que pudiera convertirse en criaderos de mosquitos”.

En viviendas, hoteles, comercios, restaurantes, oficinas, teatros, geriátricos, viveros, etc, la gente deberá cumplir con variadas cuestiones. Por un lado tendrá que “controlar o eliminar todos los recipientes naturales o artificiales que existan en el interior y alrededores en los que pudiera almacenarse agua”, como puede ser el caso de agujeros, construcciones inconclusas o deterioradas, baches, neumáticos, envases vacíos, entre otros. Por otro lado también deberá proceder al drenaje de las aguas estancadas en patios, jardines y todo espacio de la casa o lugar.

NEUMÁTICOS, VEHÍCULOS Y CHATARRA

Los neumáticos de vehículos que no se encuentren rodando “deberán ser mantenidos bajo techo, seco o en condiciones seguras”. La ordenanza prohíbe “abandonar neumáticos en el espacio público, así como lanzarlas  arroyos, canales, o cualquier otro espejo o cuerpo de agua”. En otro de sus puntos la ordenanza prohíbe el acopio de neumáticos de todo tipo al aire libre sin garantía de que estén en condiciones seguras.

DESACUERDO

El artículo 10 de la ordenanza que fue aprobada por unanimidad, trajo desacuerdo por parte del bloque socialista. El edil Mariano Stinga pidió votarlo por separado ya que se mostraría a favor de la ordenanza a excepción del punto 10. El artículo da lugar al ingreso del personal sanitario a las viviendas o espacios privados. Expresa que “previa declaración de necesidad por parte del Departamento Ejecutivo, todo propietario, inquilino o poseedor por cualquier titulo de una vivienda o unidad habitacional o establecimiento privado de uso público dentro del municipio, deberá permitir el ingreso de los Agentes Municipales debidamente identificados, con el objeto de inspeccionar el lugar a efectos de identificar, tratar y/o destruir criaderos o potenciales criaderos de mosquitos. En caso necesario, el personal sanitario se hará acompañar de Agentes Municipales o Policía Provincial, a efectos de garantizar el debido cumplimiento de esta disposición”.

LAS SANCIONES

Habrá dos clases de sanciones que se aplicarán por ordenanza una será el apercibimiento, y la otra será una multa. La primera se realizará un llamado de atención para que la persona que esté en infracción rectifique su comportamiento. En caso de incumplimiento del apercibimiento o alguno de los artículos de la ordenanza, se aplicará la multa. El valor de la multa se determinará en unidades de valor que serán equivalentes al precio de venta al público de un litro de nafta de mayor octanaje. El rango irá de 10 a 100 unidades de valor.

 

 

 

 

 

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