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AFIP no permitirá que los bares y hoteles emitan facturas tipo A

<p>La nueva modalidad que pondrá en vigencia el fisco alcanzará a todos los consumidores, aunque éstos sean responsables inscriptos en los tributos.</p>
martes 08 de julio de 2014
AFIP no permitirá que los bares y hoteles emitan facturas tipo A

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no permitirá a los bares, restaurantes y hoteles emitir comprobantes del tipo "A" aunque los compradores sean responsables inscriptos en los tributos.

La medida afectará a las compañías y particulares que adquieran estos productos o servicios, ya que no podrán computar el crédito fiscal (CF) que genere la operación a la hora de liquidar el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Si bien la normativa vigente ya establecía una limitación sobre estas transacciones, muchos contribuyentes consideraban estos gastos como necesarios para desarrollar las actividades y los incluían en sus declaraciones juradas.

Incluso, en la Justicia nacional son recordados varios casos en los que, pese a la prohibición existente, tras iniciar un juicio y obtener un veredicto positivo, pudieron computar el crédito fiscal que originaron estos gastos.

Además, la Ley del gravamen no fijaba nada respecto a la facturación. Por el contrario, los comercios que estaban inscriptos en el régimen general emitían comprobantes del tipo "A" a los responsables inscriptos que comercializaban con ellos y, en todo caso, eran los contadores los que se encargaban de limitar el cómputo del crédito fiscal.

No obstante, el fisco nacional fijó una nueva postura a través de una nota que le envió a la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica (Fehgra), luego de haber aplicado multas a restaurantes y bares por emitir esas facturas.

Esto no sólo aumenta la carga que deben soportar los contribuyentes, sino que además puede generar inconvenientes al momento de que los agentes (tanto nacionales como locales) tengan que efectuar las retenciones y percepciones pertinentes.

Qué dice la nota de la AFIP

 

En diálogo con iProfesional, Rafael Miranda, vicepresidente a cargo del Departamento Tributario de Fehgra, dio los detalles de los hechos y de las conversaciones que tuvo la entidad con el fisco nacional.

El especialista explicó que "hacia mitad del año pasado, la AFIP realizó operativos de control de facturación en regiones de Capital Federal, labrando actas de infracción por la emisión de facturas 'A', hecho que no registraba antecedente".

En aquel momento, los inspectores destacaron que, debido a lo que establecía la Ley del IVA, las ventas realizadas por ellos debían ser consideradas como operaciones con consumidores finales y, por lo tanto, debían emitir facturas o tickets "B" sin importar que el comprador sea un responsable inscripto.

Al respecto, desde la entidad empresaria recordaron que la posición oficial de la AFIP fue dada a conocer a través de la nota 84/14 en febrero de este año, tras meses de diálogos y luego de una presentación por escrito donde se plantearon todas las objeciones.

En la misiva, a la que tuvo acceso iProfesional, el fisco nacional remarcó que las operaciones realizadas por bares, restaurantes y hoteles (entres otras) deben ser consideradas como si se tratara de un consumidor final.

Fuente: diario uno

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