2016-08-05

Tarifazo

Por un fallo judicial, Edesal no podrá cobrar las boletas ni cortar el servicio

Jorge Olguín, director de La lupa del Consumidor y referente de la defensa de los derechos del consumidor, dijo que el fallo de la jueza federal de San Martín, Martina Fons, tiene alcance nacional por lo que la empresa distribuidora de energía eléctrica de San Luis, Edesal, no podrá cortar el servicio si un usuario no paga la boleta que viene con el aumento.

“Uno de los componentes de la tarifa de la energía eléctrica es el costo de abastecimiento, que es el que se trasladada mayoritariamente a la boleta. Ese fue el aumento que autorizó el gobierno nacional con el eufemismo del sinceramiento y que ahora fue declarado nulo”, explicó.

Por lo tanto -agregó-, no hay que pagar la boleta “porque no se puede desdoblar los costos de los demás componentes, por ejemplo, el aumento autorizado por la provincia, en febrero, luego de la audiencia pública a través de la Comisión Reguladora de la Energía Eléctrica”.

El pronunciamiento de Fons se dio por una acción de amparo presentada por tres ciudadanos del partido bonaerense de Tres de Febrero y por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis), en el que solicitaron la nulidad de las Resoluciones 6/2016 y 7 /2016 del Ministerio de Energía y la Resolución 1/2016 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Enre).

En su resolución, la jueza también ordenó al Enre que arbitre las medidas necesarias para comunicar a distribuidores y prestadores que "deberán suspender el cobro de las facturas emitidas como resultado de la aplicación del nuevo cuadro tarifario, y liquidar las facturas respectivas a los valores vigentes con anterioridad a las resoluciones".

FUENTE: sanluis24.com.ar

 

 
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